JUJUY ES UN EXPERIMENTO DE LABORATORIO

27.09.2023

Frente al Congreso de la Nación y por medio de un folleto que es repartido en la calle a los transeúntes, el Tercer Malón de la Paz, explica de manera clara cuales son sus reclamos y la violencia que están sufriendo en Jujuy. Este es un material muy esclarecedor para entender su lucha, por esto nos parece importante replicarlo en nuestra pagina.

Somos naciones indigenas preexistentes, docentes y habitantes autoconvocados que defendemos nuestros derechos ante la imposición violenta de una reforma que es in-constitucional.

Desde el 14 de junio permanecemos de manera pacífica a lo largo de las rutas de la provincia de Jujuy, como así también, desde el 1 de agosto frente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación exigiendo la nulidad de la reforma inconstitucional, la intervención federal; el cese de la violencia institucional, persecución, imputación y armado de causas, con prácticas antidemocráticas y multas impagables.

Justicia para nuestros hermanos heridos física y psicológicamente.

¿POR QUÉ LA REFORMA ES INCONSTITUCIONAL?

Los derechos que viola la reforma parcial de la Constitución provincial impulsada por Gerardo Morales en complicidad de Rubén Rivarola, entre otros, son:

  1. No se incluyeron los derechos de los pueblos originarios reconocidos en el artículo 75 inc.17 y 22 de la Constitución Nacional, el Convenio 169 de la OIT ratificado por la Ley 24.071 sin realizarse la apropiada consulta ni habiéndose obtenido el consentimiento LIBRE-PREVIO-INFORMADO, derecho fundamental de los pueblos indígenas.
  2. No se cumplieron los plazos legales que estipula la Ley 6.302 de 90 días de debate y participación ciudadana, aprobándose la misma, en 20 días, de forma expréss y a espaldas del pueblo, diferente a la Constitución de 1986 que tuvo un año de debate.

Para su aprobación

Gerardo Morales cometió el delito de "suma de poder público", art. 247 del Código Penal, ya que alternó sus funciones como Gobernador y Presidente de la Convencional Constituyente, cargos, también incompatibles y prohibidos por el art. 100 de la Constitución Provincial de 1986.

¿Qué se observa en la Reforma?

Regresión y centralización de poder

El nuevo texto reduce derechos consagrados en la Constitución Nacional y tratados internacionales de igual jerarquía. Les quita poder a los organismos de control frente al Poder Ejecutivo.

No reconoce a los Pueblos Indígenas

En una actitud sumamente discriminatoria, el gobierno NO reconoce a los pueblos indígenas, NO incorpora la cosmovisión, la espiritualidad, ni el derecho de la Pachamama.

Viola el derecho al ambiente sano

El art. 94 y 95 se concibe a la TIERRA y el AGUA desde una mirada productivista para la EXPLOTACIÓN y el SAQUEO, cuya administración solo es adjudicada al Poder Ejecutivo. En oposición del Buen Vivir y violando el Tratado Escazú.

Criminalización de la protesta

El art. 32 limita la representatividad y la participación ciudadana, otorgándole a los jueces la capacidad de fiscalizar y sancionar protestas y reuniones mediante la categoría de sedición.

EN JUJUY SE ROMPIÓ EL PRINCIPIO REPUBLICANO DE DIVISIÓN DE LOS TRES PODERES:

EJECUTIVO - LEGISLATIVO - JUDICIAL

Claramente nadie tendrá  justicia si todos estos poderes se encuentran corrompidos por Gerardo Morales

Con esta reforma el gobierno provincial viola sistemáticamente derechos humanos, tratados internacionales, derechos y garantías establecidas en la Constitución Nacional y se apropia de tierras fiscales.

Los daños causados por esta reforma no solo atentan con nuestras vidas, sino, sobre el ecosistema, siendo el agua un bien natural NO renovable. El agua vale más que el LITIO. 

Te desafío a vivir sin agua tres días

ARTÍCULO 68

DOMINIO ORIGINARIO DE LOS RECURSOS NATURALES

Este artículo atenta contra el orden institucional, nacional y Tratados internacionales

  1. Esta Constitución ratifica el pleno dominio y la titularidad exclusiva de la provincia sobre los recursos naturales, biodiversidad, recursos genéticos y demás bienes ambientales comunes existentes en su territorio.
  2. El estado asegura la protección de los recursos naturales existentes en su territorio frente a cualquier injerencia indebida de la nación o de las otras provincias, promoviendo el aprovechamiento sostenible de esos recursos y bienes comunes, en procura del beneficio del desarrollo humano y el progreso de la población.
  3. Esta Constitución ratifica la potestad de la provincia para la regulación de toda forma de aprovechamiento económico o financiero que se derive de la reducción o mitigación de gases efecto invernadero que se generen a partir de actividades que se desarrollen dentro del territorio.

NDR:

Humanidad ¿Adónde Vas? apoya al Tercer Malón de la Paz en la lucha por sus derechos y en contra del atropello del gobernador Gerardo Morales en la provincia de Jujuy. 

Hay que estar bien atentos en el momento de las próximas votaciones, recordando que Morales, es candidato a vicepresidente de la Nación ... pensemos ... en lo que puede llegar a hacer a nivel nacional.

¡ARRIBA LOS DERECHOS, ABAJO LA REFORMA INCONSTITUCIONAL!